Diputadas de Vamos Uruguay proponen endurecer pena de incesto

La diputada Nibia Reisch presentó en forma conjunta con las colegas de su sector VAMOS URUGUAY (Partido Colorado), Graciela Matiaude (Canelones), Cecilia Eguiluz (Salto), Susana Montaner (Tacuarembó), Carina Díaz (Paysandú) y Dianne Martínez (Montevideo) un proyecto de ley que pretende aumentar la protección a las víctimas de delitos sexuales, otorgando “mayor facilidad y simplicidad para que las víctimas tengan garantías y para que hagan las denuncias”.

Concretamente, el proyecto apunta a modificar el Artículo 276 del Código Penal, cambiando su redacción por la siguiente: “Cometen incesto los que mantienen relaciones sexuales con los ascendientes legítimos y los padres naturales reconocidos o declarados tales, con los descendientes legítimos y los hijos naturales reconocidos o declarados tales, y con los hermanos legítimos. Este delito será castigado con seis meses de prisión a cinco años de penitenciaría”.

Con este artículo, “se mantiene el delito de incesto como delito autónomo, y se elimina la connotación de ‘escándalo público’. En efecto, parece un claro exceso hoy en día, requerir para la configuración de este delito, que el caso trascienda del ámbito doméstico, provocando ‘escándalo público’. Esto significa que, si la relación sexual se produce en el ámbito doméstico pero sin ser conocida en el mundo de las relaciones sociales, no se perfecciona el tipo penal analizado”, señala la Exposición de Motivos.

Asimismo, el texto incorpora el Artículo 277 bis del Código Penal, proponiendo que el delito sea perdurable y la responsabilidad de quien haya delinquido no se extinga por el transcurso del tiempo.

En tal sentido, propone la siguiente redacción: “La acción penal será imprescriptible para todos los que hubiesen participado en los delitos de: Violación (Artículo 272); Atentado violento al pudor (Artículo 273); Corrupción (Artículo 274); Estupro (Artículo 275); Incesto (Artículo 276); Ultraje público al pudor (Artículo 277). No serán por ende aplicables a los delitos previstos en el inciso anterior las disposiciones del Artículo 117 de este Código”.

Con ambas modificaciones, “se busca principalmente proteger a las víctimas y brindar mayor facilidad y simplicidad para que éstas tengan garantías y para que hagan las denuncias”, explica la redacción.

Las razones para la presentación

Según expresan las diputadas en la Exposición de Motivos, “el mensaje que debe enviar el Estado en contra de este tipo de delitos sexuales debe ser contundente. Es nuestra responsabilidad prevenir la violencia sexual y animar a sobrevivientes para divulgar su abuso. En aras de fortalecer la política pública establecida, es necesario que dichos delitos sexuales no tengan un término fijo para encausarse”.

“Cabe asimismo consignar que el incesto no es privativo de ninguna clase social; si bien se supone que la pobreza y el hacinamiento lo favorecen, se produce en familias de cualquier nivel sociocultural. Y su noción también está relacionada desde una óptica de género a una estructura familiar patriarcal, donde la atribución de roles y funciones condiciona la opresión y sumisión de mujeres y niños y la forma que toman esas relaciones”, dice el texto.

Algunos datos

Datos y cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS) indican que aproximadamente un 20% de las mujeres y un 5 a 10% de los hombres, manifiestan haber sufrido abusos sexuales en la infancia, mientras que un 25 a 50% de los niños de ambos sexos refieren maltratos físicos.

Si bien en Uruguay no existen datos estadísticos que permitan valorar en sus justos términos este fenómeno que vulnera los derechos humanos de miles de niñas, niños y adolescentes, el problema es preocupante y extendido. Pero aunque en nuestro país no hay un registro exacto, algunos datos provienen de la puerta de emergencia del Hospital Pereira Rossell (año 1993) y confirmaban que uno de cada diez niños ingresaba por maltrato físico a dicho nosocomio y que ocho de ellos lo hacían por abuso sexual.

El Programa de Infancia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) en 2008 revelaba datos que ponían de manifiesto la necesidad de atender el fenómeno con urgencia y profundidad (Infamilia 2009). Dicho estudio mostraba que en Montevideo y área metropolitana el 78% de los adultos encuestados manifestaba haber ejercido algún tipo de violencia (física o psicológica), contra al menos uno de los niños a su cuidado. El 24,3% había ejercido violencia psicológica y el 55,5% violencia física moderada o severa.

De acuerdo a lo publicado en el diario “El País”, en 2015 hubo 1.908 situaciones de abuso sexual o maltrato a menores. Esto representa poco más de 5 niños por día atendidos por estas causas, 10% más que en el 2014, según el informe de gestión del Sistema Integral de Protección a la Infancia y la Adolescencia (SIPIAV).

Que sea un delito imprescriptible

El Artículo 2 planteado en el proyecto refiere a hacer imprescriptible los delitos de índole sexual.

El concepto de la prescripción de la acción penal alude a la imposibilidad de perseguir y castigar a alguien luego de transcurrido un cierto tiempo desde la comisión del hecho delictivo.

“Personas expertas, mundialmente reconocidas en temas de violencia en contra de las mujeres, señalan los serios y devastadores efectos de las agresiones sexuales. Por eso, el mensaje que debe enviar el Estado en contra de este tipo de delitos sexuales debe ser contundente. Es nuestra responsabilidad prevenir la violencia sexual y animar a sobrevivientes para divulgar su abuso. En aras de fortalecer la política pública establecida, es necesario que dichos delitos sexuales no tengan un término fijo para encausarse”, continúa el texto.

“No hay duda de que ser víctima de cualquier delito puede ser un evento traumático, sin embargo, ser víctima de un delito sexual tiene consecuencias devastadoras tanto en el ámbito personal, para la víctima, como para la sociedad completa”, señala la argumentación.

En suma, “el Estado no puede renunciar de forma alguna a cumplir con sus mayores responsabilidades en la protección a las víctimas de abusos intrafamiliares como el incesto y la violación de los Derechos Humanos de quienes son abusados”, finaliza el razonamiento presentado por las diputadas coloradas de VAMOS URUGUAY.

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