Seg煤n experto, el gobierno estar铆a incumpliendo con cinco recomendaciones de la OIT.
Los cuestionamientos -cabe resaltar- no surgen solamente desde las filas del sindicalismo. Un trabajo realizado por un experto laboral de Ferrere Abogados, Nelson Larra帽aga, establece que de las nueve recomendaciones realizadas por el Comit茅 de Libertad Sindical de la OIT, el gobierno uruguayo cumple en todos sus t茅rminos con dos de ellas, en otros 芦dos casos禄 lo hace parcialmente y en las otras cinco no cumple.
El trabajo se帽ala entre los puntos que no se cumplen que no se regula el procedimiento para garantizar la libertad de trabajo de los no huelguistas y el derecho de la direcci贸n de la empresa a ingresar en sus instalaciones, en caso de que se ejerza el derecho de huelga o una ocupaci贸n de los lugares de trabajo. Este punto encabeza las reivindicaciones de las c谩maras empresariales cada vez que el tema de las relaciones laborales se lleva al debate.
Para el experto – Larra帽aga – tampoco se establecen reglas sobre los controles que puede hacer el ejecutivo respecto a los convenios colectivos al momento de ser publicados y registrados. El Comit茅 de Libertad Sindical de la OIT, 聽recomienda que el gobierno deber铆a controlar el cumplimiento de los minimos legales, el 谩mbito de aplicaci贸n, ( rama, o sub-rama de actividad ), y la duraci贸n del convenio.
Entre otra de las recomendaciones – de importancia y aceptada – es la que deroga la competencia del Consejo Superior Tripartito para decidir si una negociaci贸n debe ser a nivel de rama de actividad o de empresa.
Esto ser谩 ahora potestad de las partes.